Asamblea general ordinaria y extraordinaria

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA CDE HANDBALL CAMARGO 1974

La Junta Directiva del Club Deportivo Elemental Handball Camargo 1974, y en su nombre el Presidente, de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, ha acordado convocar Asamblea General Extraordinaria de socios que se celebrará en los locales del Pabellón Pedro Velarde de Muriedas, el próximo día 6 de julio de 2021 a las 19:30 horas en primera convocatoria y en el mismo lugar a las 19:45 horas en segunda convocatoria, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

  1. Cambio del domicilio social del club.

En Muriedas, a veintiuno de junio de dos mil veintiuno

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA CDE HANDBALL CAMARGO 1974

La Junta Directiva del Club Deportivo Elemental Handball Camargo 1974, y en su nombre el Presidente, de conformidad con la normativa legal y estatutaria en vigor, ha acordado convocar Asamblea General Ordinaria de socios que se celebrará en los locales del Pabellón Pedro Velarde de Muriedas, el próximo día 6 de julio de 2021 a las 20:00 horas en primera convocatoria y en el mismo lugar a las 20:15 horas en segunda convocatoria, bajo el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

  1. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la asamblea anterior.
  2. Informe sobre la memoria de actividades de la temporada 2020-2021.
  3. Examen y en su caso aprobación de las cuentas anuales correspondientes a la temporada 2020-2021.
  4. Examen, y en su caso, aprobación del Presupuesto de ingresos y gastos para la temporada 2021-2022.
  5. Ruegos y Preguntas.

En Muriedas, a veintiuno de junio de dos mil veintiuno

Derecho de Asistencia

Tendrán derecho de asistencia y voto a la Asamblea General todos los Socios que se encuentren al corriente de pago de sus cuotas.

Los Socios podrán hacerse representar por medio de otro socio, mayor de edad e igualmente al corriente de pago de sus cuotas, todo ello mediante documento de autorización acompañado de copia de DNI tanto del representante como del representado.

Los menores de edad ejercerán su derecho de voto a través de la persona que ejerza la patria potestad, la tutela o la representación legal.